DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Primera.- Deróganse todas las disposiciones contrarias a esta ley.
Segunda.- Se derogan expresamente las siguientes disposiciones:
1. Ley del Control Constitucional, publicada en el Registro Oficial No. 99 de 2
de julio de 1997
2. Resolución s/n de la Corte Suprema de Justicia, promulgada en el Registro
Oficial No. 378 de 27 de julio de 2001
3. Resolución s/n de la Corte Suprema de Justicia, publicada en el Registro
Oficial No. 559 de 19 de abril de 2002
4. Resolución s/n del Tribunal Constitucional publicada en el Registro Oficial
Suplemento No. 246 de 2 de agosto de 1999
5. Resolución 262-2001-TP del Tribunal Constitucional, "Reglamento de
Trámite de Expedientes en el Tribunal Constitucional", promulgada en el
Registro Oficial 492 del 11 de enero de 2002
6. Resolución s/n de la Corte Suprema de Justicia, que contiene el
"Estatuto Transitorio del Control Constitucional", publicada en el
Registro Oficial No. 176, de 26 de abril de 1993
7. Artículo 71 de la Codificación de la Ley Orgánica de Régimen Municipal,
publicada en el Registro Oficial Suplemento No. 159 de 5 de diciembre de 2005
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